Cómo acceder a tus pagos del Seguro Social mientras estás fuera del país

El gobierno de Estados Unidos califica como estar fuera cuando alguien permanece ausente por más de 30 días, es decir, que se encuentre en el extranjero por este tiempo o más.

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Si estás en el extranjero, puedes seguir recibiendo los pagos del Seguro Social. Crédito: Pexels

Imagina la escena: tienes que salir del país por cuestiones personales, tu estadía fuera, en el extranjero, será por varias semanas, entonces preparas el equipaje y de pronto te preguntas sobre qué pasará con los pagos del Seguro Social.

Sin embargo, la buena noticia es que los vas a recibir todos, el único requisito es que te encuentres en un lugar a donde se puedan enviar los pagos.

El gobierno de Estados Unidos califica como estar fuera cuando alguien permanece ausente por más de 30 días y esto implica que no está en ninguno de los 50 estados que conforman el territorio estadounidense, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes y las Islas Marinas.

En el caso de aquéllas personas que no sean ciudadanos estadounidenses, los pagos se van a cesar una vez que se hayan cumplido seis meses de permanecer en el extranjero.

En este caso, la manera de reanudar los pagos será únicamente luego de haber regresado y permanecer un nuevo período de mínimo un mes en Estados Unidos. En este punto, el gobierno puede pedir las pruebas necesarias de tu regreso para corroborar que la información que presentas es verídica.

Según el sitio web del gobierno estadounidense, lo primero que debes de hacer es registrarte en la herramienta que se encuentra en el sitio del Seguro Social para recibir los pagos internacionales.

Los requisitos que se piden son:

  • Estar inscrito en el Seguro Social al menos desde 1956
  • Califica un beneficiario si falleció y estaba en el servicio militar en Estados Unidos o su muerte fue como resultado de una incapacidad relacionada con el servicio militar
  • Recibir los beneficios basándose en los ingresos propios o en su defecto, seguir las condiciones especiales en dado caso de que los beneficios los recibes por ser dependiente o un sobreviviente
  • Si el empleado trabajaba para el ferrocarril y pagaba impuestos de Seguro Social
  • Estar activo en el servicio militar

Además, el sitio del Seguro Social aclara que, si se es ciudadano de los siguientes países, se puede continuar con el beneficio: Alemania, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Corea del Sur, España, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Israel, Italia, Japón, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Suecia y Suiza.

Los pagos también se seguirán efectuando en caso de que el solicitante sea beneficiario de un país que cuente con un acuerdo con la Administración de Seguros de Estados Unidos.

Cabe mencionar que es importante que se den a conocer ciertas actualizaciones en los datos como el cambio de domicilio, algún empleo fuera de Estados Unidos, si has sido aprobado para recibir beneficios por incapacidad, si tu estado civil cambió de soltero a casado, si te divorcias o anulas tu matrimonio, si adoptas a un menor, sobre algún fallecimiento, por mencionar algunas cosas.

También debes de estar al pendiente de los formularios que cada año manda el Seguro Social, puede que esto ocurra también cada dos años, pero se dirige a las personas que están fuera del país, con el fin de determinar si todavía se tiene derecho a recibir los beneficios.

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