¿Te pueden quitar tus pagos del Seguro Social si tienes deudas?
En algunos beneficiarios ha surgido la incógnita sobre si se pueden recibir estos pagos aún y cuando se tengan deudas

Te explicamos qué pasa con tus beneficios del Seguro Social si tienes adeudos con el gobierno de Estados Unidos. Crédito: Shutterstock
Las personas que reciben beneficios del Seguro Social obtienen lo que ahorraron durante sus años de trabajo para sus años de jubilación. Los cheques mensuales los obtienen las personas de la tercera edad, los discapacitados o las familias en las que falleció un beneficiario. En algunos ha surgido la incógnita sobre si se pueden recibir estos pagos aún y cuando se tengan deudas.
De acuerdo a la Sección 459 de la Ley del Seguro Social (42 USC 659), el Seguro Social tiene la facultad de embargar los pagos que te envíen bajo el concepto que sea. Este proceso se aplica de forma directa sobre los beneficios actuales y se aplica cuando hay obligaciones legales para pagar la manutención de los hijos, la pensión alimenticia o la restitución de algún proceso.
Si se te está aplicando pero no estás de acuerdo con ello, debes hacer tu reclamo pero este no se hace de manera directa con el Seguro Social. Lo que debes hacer es comunicarte con un abogado o con el representante del tribunal que emitió la orden, para que puedan revisar tu caso o te digan desde dónde puedes hacer la apelación de manera correspondiente.

El Servicio de Rentas Internas opera de manera similar. De acuerdo a la Sección 1024 de la Ley de Alivio al Contribuyente de 1997 (Ley Pública 105-30) se autoriza al Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) a retener hasta el 15% de cada pago del Seguro Social.
En esto casos esta medida se aplica cuando hay deudas tributarias a nivel federal que ya se vencieron. Si tienes alguna duda en este sentido, puedes comunicarte al 1-800-829-7650 y ver cuáles son las alternativas que te ofrecen para que hagas tu proceso de apelación.
Finalmente, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos también puede quitarte tus beneficios del Seguro Social para cobrarte deudas que no tienen nada que ver con el nivel tributario. Lo permite la Ley de Mejora de la Cobranza de Deudas de 1996 (Ley Pública 104-134), que le da el derecho a otras agencias federales para recuperar montos adeudados.
En este caso puedes comunicarte directamente con el Departamento del Tesoro al 1-800-304-3107, donde podrás obtener la información necesaria y recibir la debida orientación.
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