Cheques de estímulo federal: qué personas pueden reclamar el pago de alguien fallecido
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) puede dar alivio a las familias que hayan perdido a un contribuyente, al darles la oportunidad de reclamar los cheques de estímulo que no cobró en vida, siempre que haya sido elegible
Los Pagos de Impacto Económico (EIP), mejor conocido por muchos como cheques de estimulo, brindaron alivio a millones de hogares en Estados Unidos en los momentos más complicados de la pandemia. Lamentablemente, no todas las personas elegibles lo recibieron y, lo que es peor, algunos han fallecido desde que estos se establecieron en 2020. Afortunadamente, los sobrevivientes pueden reclamar el primer, segundo y tercer cheque de estímulo de algún familiar fallecido.
Para entender el proceso, es primordial recordar cuándo se establecieron estos cheques de estímulo. El primero y el segundo se aprobaron en 2020 (marzo y diciembre), aún con Donald Trump en la presidencia, y el tercero lo firmó Joe Biden en 2021. Estos pagos se enviaron casi de manera inmediata en forma de depósitos directos o cheques físicos, aunque los contribuyentes podían decidir reclamarlos hasta su declaración de impuestos el año posterior en forma de Crédito de Reembolso de Recuperación, siempre y cuando cumplieran con los criterios de calificación.
Debido a ello, las personas tienen un margen de reclamo de los cheques de estímulo con base en la fecha límite que tienen para presentar sus declaraciones, que es de tres años a partir de la fecha de vencimiento para reclamar un reembolso. Esto quiere decir que, en el caso de los cheques de estímulo del 2020, los contribuyentes tienen hasta el 17 de mayo de 2024 para solicitarlos; mientras que para el tercer cheque de estímulo, tienen hasta el 15 de abril de 2025. Estos plazos se determinan de esta manera porque el crédito de 2020 se habría reclamado en la declaración de 2021, mientras que el crédito de 2021 se habría reclamado en la declaración de 2022.
¿Qué pasa si el contribuyente era elegible y no reclamo su cheque de estímulo? Los familiares sobrevivientes, en especial el cónyuge, puede solicitar estos pagos. Cabe señalar que la persona elegible debió fallecer en 2020 o después para solicitar el primero y segundo cheque de estímulo; mientras que para el tercer cheque de estímulo, el contribuyente debió morir en 2021 o después.
Para reclamar el Crédito de Reembolso de Recuperación para 2020 o 2021, el contribuyente, fallecido o no, debe:
- Haber sido residente de EE.UU. o extranjero residente en 2020 o 2021.
- No haber sido reclamado como dependiente por otro contribuyente para 2020 o 2021.
- Tener un número de Seguro Social emitido antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos.
Cómo reclamar los cheques de estímulo de una persona fallecida
Tal como se explicó, para reclamar el Crédito de Reembolso de Recuperación se requiere de que los contribuyentes presenten la respectiva declaración de impuestos correspondiente al Pago de Impacto Económico (cheque de estímulo) que solicitan, el del 2020 o 2021.
Para el caso de los contribuyentes elegibles fallecidos, el cónyuge, los hijos o parientes directos, como sus padres, pueden reclamar los cheques de estimulo. En todos los casos, requieren conocer el número de Seguro Social del finado.
En principio, es recomendable que el administrador de patrimonio, albacea o representante personal de una persona fallecida solicite la información fiscal del contribuyente. Esto es importante, porque de esta manera sabrán si hay impuestos por pagar o si tiene reembolsos pendientes, así como los cheques de estímulo.
Para que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) acceda a enviar la información, el solicitante debe entregar:
- El nombre completo del fallecido, su apellido y número de Seguro Social
- Una copia del certificado de defunción.
- Una copia de las Cartas Testamentarias aprobadas por el tribunal o el Formulario 56, Aviso sobre la relación fiduciaria.
Las Cartas Testamentarias, también llamadas Cartas de Administración o Cartas de Representación, es un documento emitido por el tribunal testamentario. El documento otorga autoridad a un administrador patrimonial, albacea o representante personal para gestionar los asuntos y el patrimonio del contribuyente fallecido.
Posteriormente, para verificar el estado de no declaración, debes enviar el Formulario 4506-T, Solicitud de transcripción de declaración de impuestos, con el que tendrás más detalle sobre las declaraciones, pagos de impuestos y reembolsos pendientes.
En cualquiera de los casos, el albacea o administrador deberá firmar la declaración “en nombre del difunto”. Cuando se presenta una declaración conjunta, el cóyuge sobreviviente debe firmar y escribir “presentando como cónyuge sobreviviente” en el espacio para la firma del contribuyente finado.
Si se le debe un reembolso al fallecido, incluido los cheques de estímulo (Crédito de Reembolso de Recuperación), el representante legal debe reclamar estos pagos a través del Formulario 1310, Declaración de una persona que reclama el reembolso adeudado a un contribuyente fallecido. El IRS asegura que no es necesario presentar el Formulario 1310 si eres un cónyuge sobreviviente que presentas una declaración conjunta, no obstante, los expertos recomiendan presentarlo de todos modos para evitar posibles retrasos.
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