Seguro Social: a qué edad debería reclamar los beneficios conyugales (es distinto que los pagos por historial de trabajo)
Aunque la Administración del Seguro Social (SSA) permite que los hombres y mujeres casadas puedan reclamar beneficios conyugales, la edad en la que deberían reclamar sus pagos difiere en mucho de la edad que sería mejor para un trabajador jubilado
La gran mayoría de los trabajadores en los Estados Unidos, que han pagado sus respectivos impuestos al Seguro Social, saben que, a grandes rasgos, tienen tres opciones para reclamar los beneficios: a partir de los 62 años, en su edad plena de jubilación (FRA) o después de esa edad y hasta los 70 años. Y cada edad tiene diferentes consecuencias en sus pagos mensuales. Sin embargo, lo que pocos saben, es que los beneficios conyugales tienen una dinámica distinta, por lo que la mejor edad para reclamarlos estas mensualidades no es necesariamente la misma que el del trabajador beneficiario directo.
Para empezar, hay que poner en el tintero algo que es importante que sepa cualquiera de nuestros lectores: puedes cobrar los beneficios del Seguro Social estadounidense incluso sin nunca haber trabajado ni cotizado alguna ganancia. Esto es gracias a los beneficios conyugales.
¿Qué son los beneficios conyugales del Seguro Social?
Si te casas con alguien que es elegible para recibir beneficios de jubilación del Seguro Social, entonces puedes tener derecho a un beneficio conyugal según el historial de esa persona. De manera similar, si estuviste casado con alguien en algún momento y cumples con ciertos requisitos, es posible que puedas reclamar beneficios conyugales según el historial de tu excónyuge.
Por lo general, un trabajador debe cumplir con un historial de por lo menos 10 años de trabajo, o 40 créditos de trabajo obtenidos, para recibir un beneficio de jubilación del Seguro Social. Además, la cantidad que puedes recibir, dependerá de la capacidad de ingresos que hayas obtenido en 35 años: cuánto más ganes, mayor será tu beneficio de la jubilación.
Para el caso de los beneficios conyugales, la persona debe o tuvo que estar casado con un trabajador jubilado que califica para los beneficios para recibirlos. En este sentido, los beneficios estarán ligados al historial de trabajo e ingresos del trabajador. El cónyuge o excónyuge (no trabajador) puede calificar para hasta el 50% del beneficio de su cónyuge (o excónyuge) una vez que alcance la plena edad de jubilación (FRA).
Entendiendo el FRA
Para entender qué significa la edad plena de jubilación (FRA) y su relevancia en los beneicios del Seguro Social, tenemos que hablar, en principio, sólo de los pagos de jubilación a los que tiene derecho el trabajador (después vamos con el cónyuge o excónyuge).
La edad plena de jubilación (FRA) es la edad en la que el Seguro Social te dará el 100% del beneficio que te corresponde, con base en tu historial laboral y de ingresos. Este FRA es de entre los 66 y 67 años, según tu año de nacimiento.
La Administración del Seguro Social (SSA) permite que los jubilados reclamen sus pagos desde antes, a partir de los 62 años. Lo malo de ello, es que recibirás una especie de penalización que provocará que te dé menos dinero del que deberías obtener.
Asimismo, puedes obtener un aumento del 8% por cada año que postergues el reclamo de tus beneficios de jubilación hasta los 70 años. En otras palabras, después de esa edad no tiene sentido esperar más tiempo para reclamar los beneficios del Seguro Social.
Pero esta regla aplica para los jubilados que cotizaron sus ganancias al Seguro Social, no para los cónyuges o excónyuges. Los beneficios conyugales funcionan de manera distinta.
¿Cuándo debería reclamar los beneficios conyugales?
Explicado lo anterior, la respuesta corta sobre cuál es la mejor edad para reclamar los beneficios conyugales del Seguro Social es en tu FRA. Eso es entre los 66 y 67 años, según tu fecha de nacimiento. Esperar más allá de ese punto no te servirá de nada desde una perspectiva financiera.
Cuando eres una persona que va a reclamar el beneficio conyugal, no existe la regla del aumento del 8% hasta los 70 años, como en los beneficios de jubilación con historial de trabajo.
Una vez que alcanzas la FRA, tendrás derecho a recibir el beneficio conyugal completo, que es del 50% de la suma que tu cónyuge actual o anterior puede recibir. Pero no puedes aumentar ese beneficio esperando a presentar la solicitud. No tiene sentido esperar por un dinero que no llegará.
¿Qué pasa si reclamas los beneficios conyugales antes de tu FRA? A diferencia de lo explicado sobre que tus beneficios no crecerán más alla de tu FRA, si reclamas antes de él, a partir de los 62 años, significa que aceptarás un pago más corto de por vida, tal como pasa con los trabajadores jubilados.
Esto puede dejar sin muchas opciones para los cónyuges o excónyuges que no trabajaron en su vida. Por el contrario, para los matrimonios donde ambos trabajaron, cada uno tiene derecho a recibir beneficios del Seguro Social según su historial de ingresos personales, y aún podrían ser elegibles para un beneficio conyugal si eso resulta en un día de pago mensual más alto. Pero sepa que no puedes cobrar tanto tu beneficio personal como el beneficio conyugal. Sólo serás elegible para el mayor de los dos.
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