Acuerdo de pago de deuda de impuestos con el IRS: cómo lograrlo

EL IRS por lo general es flexible para llegar a acuerdos de pagos de deuda de impuestos, pero el interesado debe asesorarse con expertos para tener la documentación correcta

Deudas

Quienes no solventen sus deudas tributarias corren el riesgo de que se les embargue su salario. Crédito: PEXELS | Cortesía

A pesar de que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) es sumamente estricto con las personas que tienen adeudos se ha mostrado flexible para lograr un acuerdo de deuda tributaria, pero ésta dependerá de la situación personal de quien la solicita.

Esta posibilidad, conocida como “oferta de compromiso“, puede ayudar a los deudores a tener la posibilidad de liquidar su deuda tributaria por menos del monto total que debe, pero esto dependerá de su situación con la agencia federal.

Por lo general, las deudas con el IRS, en la mayoría de los casos, ocurren por atrasaos en el pago de impuestos, también porque el contribuyente presentó sus impuestos incorrectamente o ha cometido un fraude.

El IRS recomienda que antes de solicitar un acuerdo, el interesado debe pedir asesoría a un profesional en impuestos que ayude a garantizar que no se reclame deducciones incorrectamente que causen problemas en una futura auditoría.

Qué debe considerar el deudor

Los deudores deben tomar en cuenta la posibilidad de asesorarse con un experto, ya que, si la agencia localiza errores, puede acumular más intereses de los que se deben, lo que tendrá un mayor impacto en su bolsillo.

Quienes no llegan a un acuerdo para finiquitar el saldo pendiente corren riesgo de que la agencia tributaria embargue sus salarios, así como sus bienes, además de retener futuras declaraciones de impuestos.

Si el Servicio de Impuestos Internos acepta el acuerdo, el deudor debe hacer una oferta de la cantidad que ofrece, además de un tiempo razonable para finiquitar lo que se debe, de acuerdo con sus posibilidades financieras.

Una vez definido esto, se puede hacer el finiquito en efectivo de la cantidad global, pero deberá enviar un pago inicial del 20% del total de su oferta cuando envíe su solicitud. EL IRS puede diferir el pago restante en cinco cuotas o menos, sólo si se acepta la oferta del deudor.

Si la agencia rechaza la oferta, el deudor tendrá 30 días para apelar la decisión mediante el Formulario 13711 del IRS. Quienes deciden no apelar, deberá el saldo total de la deuda tributaria y deberá realizar los pagos correspondientes.

Quiénes califican para lograr el acuerdo de deuda

Los deudores únicamente serán elegibles para solicitar el acuerdo bajo los siguientes parámetros:

-Presentar todas las declaraciones de impuestos que solicite el IRS.
-Tener todos los pagos solicitados.
-No estar bajo un procedimiento abierto de bancarrota.
-Tener una prórroga válida para una declaración de impuestos del año en curso, si está solicitando una liquidación para el año en curso.

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