Cuánto puedo recibir del Seguro Social si soy viuda o viudo en Estados Unidos

Tantos años laborados por un trabajador beneficiario del Seguro Social permite que deje protegida a su cónyuge en el caso de que fallezca, ya que podría recibir sus pagos mensuales hasta en un 100%

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Cuando una persona con un beneficio del Seguro Social fallece, su viuda o viuda podría recibir esos pagos. Crédito: Shutterstock

Perder a un ser querido, que por mucho tiempo fue el sustento de un hogar, es una situación difícil. Pero cuando eres viuda o viudo de un beneficiario del Seguro Social, es posible que puedas recibir los pagos mensuales de tu esposo o esposa tras su fallecimiento.

La Administración del Seguro Social tiene reglas complejas cuando se trata de los beneficios de los cónyuges, que para muchos resultan ser confusas. No obstante, cuando se trata de los beneficios del Seguro Social para los viudos o viudas, la dificultad se reduce a sólo demostrar la relación matrimonial con el beneficiario o beneficiaria.

Básicamente, una viuda o un viudo puede recibir hasta el 100% del pago del Seguro Social de su cónyuge, siempre y cuando el sobreviviente haya alcanzado la edad plena de jubilación (FRA) en el momento de la solicitud (66 o 67 años, según sea el caso).

Si estás recibiendo beneficios del cónyuge y tu pareja muere, debes notificarlo al Seguro Social. Tu beneficio conyugal del 50% del beneficio de tu pareja se convertirá en un beneficio de supervivencia del 100%.

El pago se reduce a entre el 71% y el 99% del derecho del fallecido si la persona viuda tiene al menos 60 años, pero está por debajo de la edad de jubilación completa.

Los sobrevivientes con discapacidad pueden presentar una solicitud a partir de los 50 años. La agencia tiene un proceso de solicitud simplificado para evitar retrasos en el primer pago.

También puedes ser elegible de los beneficios del Seguro Social incluso si tu cónyuge falleció mucho antes de alcanzar la edad de jubilación. Cada empleado acumula “créditos” anuales del Seguro Social por trabajar. Si tu cónyuge obtuvo créditos durante al menos 10 años antes de fallecer, se ha ganado una prestación por cónyuge.

Recuerda que para recibir la cantidad máxima del beneficio del Seguro Social al que puedes calificar como cónyuge sobreviviente, es necesario que lo reclames hasta tu edad plena de jubilación, sea a los 66 o 67 años.

Otro dato importante que deben conocer las viudas o los viudos es que si se casan después de los 60 años, no afecta su elegibilidad para los beneficios para sobrevivientes que reciben. Eso los coloca en una posición estratégica de reclamo del pago, ya que si su actual cónyuge es elegible para los beneficios del Seguro Social y gana más que el fallecido, puede solicitar los beneficios conyugales basados en el registro su pareja actual.

También si cobras un beneficio de supervivencia, pero calificas para un beneficio por tu cuenta, podrías cobrar un beneficio de supervivencia en los primeros años de jubilación y dejar que tus propios beneficios del Seguro Social acumulen créditos de jubilación retrasada. Esta estrategia permitirá que tus beneficios crezcan, incluso más que tus beneficios de viudez, y cobres un pago mensual más alto a los 70 años.

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