Coronavirus: IRS habilita licencias laborales pagadas para que acompañes a un familiar a darse la vacuna o cuides a uno luego de dársela

La agencia tributaria apoya, indirectamente, para que los trabajadores tomen licencia familiar y por enfermedad en caso de acompañar a alguien con su vacuna, siempre que su empresa pueda reclamarlo como crédito tributario

Vacuna

Crédito: Dorot Schenk | Pixabay

El Servicio de Impuestos Internos (IRS), en una de sus actualizaciones de información, explicó cómo funciona el apartado de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense aprobada en marzo que permite a empleadores elegibles reclamar los créditos por otorgar licencia a los empleados para que acompañen a un miembro de la familia o del hogar u otras personas determinadas a su aplicación de la vacuna contra COVID-19 o para cuidar a un miembro de la familia o del hogar y otras personas que se recuperen de la inyección.

Aunque el tercer cheque de estímulo de $1,400 dólares, que el IRS aún envía, y el Crédito Tributario por Hijos 2021 son dos de los beneficios más populares y queridos por la sociedad estadounidense, las licencias laborales pagadas es una de las medidas que no sólo apoyan, indirectamente a la base laboral del país, sino que permite que los empleadores se sensibilicen y motiven a sus trabajadores a la inmunización contra covid-19, sin asumir ningún tipo de pérdida económica.

“Los créditos por licencia familiar y por enfermedad pagada reembolsan a los empleadores elegibles el costo de proporcionar licencia familiar y por enfermedad por motivos relacionados con el COVID-19”, señala el portal de preguntas frecuentes del IRS. “Esto incluye la licencia que toman los empleados para cuidar a ciertas personas para obtener la inmunización relacionada con el COVID-19 o para recuperarse de la inmunización relacionada con el COVID-19. Esta nueva razón de licencia por enfermedad o familiar remunerada también aplica a los créditos similares para los empleados por cuenta propia”.

Los créditos tributarios por licencia familiar y por enfermedad pagados bajo el Plan de Rescate Estadounidense son similares a los establecidos por la Ley en Respuesta al Coronavirus de Familias Primero (FFCRA). Para que los empleadores califiquen para recibir este crédito tributario por permitir que sus trabajadores puedan encarar tanto la enfermedad como la vacuna de covid-19, deben cumplir con los requisitos de la Ley de Licencia por Enfermedad Pagada de Emergencia y la Ley de Expansión de Licencia Médica y Familiar de Emergencia, agregada por la FFCRA.

Con base en la FFCRA, enmendada y extendida por la Ley de Alivio Tributario, los créditos tributarios por licencia familiar y por enfermedad cubren las licencias tomadas:

• A partir del 1ro de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021.
• A partir del 1ro de abril de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2021. (con la enmienda de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense que extiende el plazo anterior).

En pocas palabras, si el empleador cubre los requisitos ante el IRS, puede reclamar el crédito tributario por licencia por enfermedad o familiar pagada a sus empleados por todos aquellos que la hayan solicitado desde el 1ro de abril de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021.

Revisa con tu empleador si ellos cuentan con la información pertinente que los avale ante el IRS para brindar la licencia familiar y por enfermedad para que puedan pagarte tu salario si te enfermaste de covid-19, si tuviste que cuidar a algún familiar por enfermedad de covid-19 o si incluso tienes que ir a vacunarte o a acompañar a alguien a que se inmunice contra covid-19. Si tu empresa puede brindarte este apoyo por medio de su crédito tributario, es justo que utilices este beneficio indirecto para ti como trabajador.

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Internal Revenue Service (IRS) vacuna contra coronavirus

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