Seguro Social: cómo te afectará el término de una regla conyugal en el 2024
Una estrategia que permitía aumentar los beneficios conyugales y principales del Seguro Social de los matrimonios hasta los 70 años concluyó este 2024, por lo que ahora deben ser más estratégicos y cuidados sobre cuándo deben reclamar sus pagos
Hay una serie de reglas del Seguro Social que en muchos casos desconocemos, otras que tenemos muy presentes y otras que solo unos cuantos sugieren que existen, tanto que hasta parece que son un mito. Podríamos decir que en SoloDinero tocaremos el tema sobre alguna regla conyugal que beneficiaba a muchos matrimonios y que, para los jubilados menores de 70 años, ya no podrán disfrutar.
Durante más de medio siglo, los matrimonios jubilados se beneficiaban de una estrategia en la que, el cónyuge que más ganaba, podía optar por recibir los beneficios conyugales para, posteriormente, cambiar por sus propios beneficios a los 70 años para potenciar sus ganancias durante la jubilación. A partir de 2024, eso ya no podrá ser posible.
Asimismo, el cónyuge que había reclamado sus beneficios a la edad plena de jubilación podía cambiar a los beneficios conyugales, si estos eran mayores. Como se percibe, el matrimonio podía aumentar considerablemente sus beneficios cumpliendo los 70 años.
La última de las personas elegibles para hacerlo cumplió 70 años este 2024, ya que solo las personas nacidas el 1 de enero de 1954 o antes podían utilizar esta estrategia.
Esto significa que si tú sabías de esta posibilidad y pensabas que podías utilizar esta estrategia, tenemos decirte que ya no será así. Esto significa que ahora las parejas que están por jubilarse planifiquen de mejor manera el momento idóneo para hacer sus reclamos del Seguro Social.
Para empezar, sería bueno tener claro cuál de los dos cónyuges gana más. Para los matrimonios en los que alguno es el proveedor y el otro se dedica al hogar es sencillo. En cambio, para las parejas en las que ambos trabajan, sería bueno saber quién de los dos gana más, porque eso podría definir en buena medida cuándo deberían reclamar sus beneficios regulares y conyugales.
Más allá de los gastos, los matrimonios deben calcular cuánto dinero recibirían a la edad plena de jubilación. La Administración del Seguro Social (SSA) tiene una calculadora en su sitio web en el que puedes estimar cuánto podrías recibir a los 62, a los 67 y a los 70 años, siempre y cuando crees una cuenta en línea.
Los beneficios conyugales equivalen a la mitad de los beneficios regulares del Seguro Social del cónyuge que más gana. Y por eso, los matrimonios deben planificar muy bien el tiempo de reclamo de sus beneficios, porque si el cónyuge que mejor gana los reclama prematuramente, a los 62 años, afectará directa y permanentemente a los beneficios conyugales.
Por ejemplo, si el cónyuge que gana más y recibiría un seguro primario mensual de $1,000 dólares en su plena edad de jubilación a los 67 años, reducirá sus pagos en 30% si los reclama a los 62 años, por lo que recibiría $700 dólares al mes el resto de su vida. En este mismo sentido, el cónyuge que reclama beneficios conyugales podría recibir $500 dólares al mes, si los reclama en su FRA. En cambio, si lo hace a los 62 años, el beneficio se reduciría en un 35%, a $325 dólares al mes, con base en el ejemplo.
Por eso, una estrategia que podría tener mejor sentido, es que el cónyuge que gane menos no retrase el reclamo de sus beneficios conyugales, para que tengan ingresos, mientras que el cónyuge principal, el que gana más, se espera a que sus beneficios aumenten. Después de la edad plena de jubilación, a los 67 años, podrían aumentar incluso los beneficios conyugales de su pareja. Los beneficios conyugales no aumentarán más allá del FRA, a diferencia de los beneficios principales, que sí pueden llegar a su punto máximo hasta los 70 años.
En resumen, se recomendaría que los cónyuges con beneficios conyugales reclame a partir de los 62 y antes de los 67 años, mientras que los cónyuges que mejor ganan, retrasen lo más posible su reclamo, hasta los 70 años. De esta manera, el cónyuge con el seguro primario recibirá su cantidad máxima, mientras que quien recibe sus beneficios conyugales, también recibirá su correspondiente mitad máxima a los beneficios totales del FRA.
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