Las formas en que podría llegarte más dinero al retiro de tu Seguro Social

La Administración del Seguro Social tiene una iniciativa que informa sobre los tres cambios que permitirían que los jubilados puedan recibir más dinero en sus beneficios mensuales

Seguro social fallecimiento

Cuando eres jubilado, puedes aumentar tus beneficios del Seguro Social con base en tus circunstancias de vida. Crédito: Héctor Reyes | Unsplash

Todos los trabajadores con un número de Seguro Social saben que los beneficios para su jubilación podrían no ser suficientes para pagar todas sus cuentas desde el retiro. Eso no significa que no puedan aumentar. Los eventos de vida que tengas desde entonces, como casarte o el fallecimiento de tu cónyuge podrían darte un poco más de dinero en tu beneficio para el retiro.

De acuerdo con la iniciativa “Potencial de derecho” de la Administración del Seguro Social, desde 2017 que comenzó sus funciones, se han pagado aproximadamente $553 millones de dólares en beneficios retroactivos y totales mensuales pagados, luego de que los beneficiarios se enteraron de estos pagos extra.

Para que una persona califique para obtener un beneficio del Seguro Social debe haber obtenido el número de créditos suficientes. Un trabajador puede conseguir hasta cuatro créditos al año. En 2022, se gana un crédito por cada $1,510 dólares de salarios o ingresos de trabajo por cuenta propia. Cuatro significaría una ganancia de $6,040 dólares en el año como mínimo.

Aunque nadie necesita más de 40 créditos (10 años de trabajo) para ser elegible para cualquier beneficio del Seguro Social, cuanto más joven sea una persona al momento de su fallecimiento, menos dinero recibirán sus sobrevivientes familiares.

Esta iniciativa señala tres importantes cambios en la vida de los jubilados que podrían aumentar los beneficios del Seguro Social.

1. Si el cónyuge o excónyuge fallece

Si su cónyuge o excónyuge fallece, puede ser elegible para un beneficio de sobreviviente más alto según su historial de ganancias.

Si eres viuda o viudo de una persona que trabajó lo suficiente para el Seguro Social, podrías recibir beneficios reducidos a partir de los 60 años. Si tienes una discapacidad, puedes cobrarlo a partir de los 50 años, siempre y cuando la capacidad haya comenzado antes o dentro de los 7 años posteriores a la muerte del cónyuge.

Si tú calificas para los beneficios del Seguro Social, puedes cambiar tu propio beneficio de jubilación a partir de los 62 años. Al cobrar los beneficios en tu edad plena de jubilación, podrías recibir hasta el 100% de los beneficios que le corresponderían a tu pareja fallecida.

Si te vuelves a casar después de cumplir los 60 años o 50 años si tienes una discapacidad, tu nuevo matrimonio no afectará tu elegibilidad para los beneficios de sobrevivientes.

Si eres un cónyuge divorciado de un trabajador que fallece, podrías obtener los mismos beneficios que una viuda o un viudo, siempre que tu matrimonio haya durado 10 años o más.

2. Si eres padre de un trabajador fallecido

Si tienes un hijo adulto fallecido que proporcionaba al menos la mitad de tu manutención, puedes ser elegible para un beneficio de padre más alto, según el historial laboral de tu hijo.

El pago está supeditado también al beneficio total que percibirías con tu número de Seguro Social y el de tu hijo fallecido. No puedes recibir un beneficio de jubilación superior al beneficio que la SSA podría pagar en el registro de tu vástago.

El beneficio de padres aplica para progenitores naturales, padrastro y padre adoptivo, si te convertiste en el padre del trabajador fallecido antes de que él o ella cumpliera los 16 años.

Un padre sobreviviente calificado de 62 años puede recibir hasta 82.5% del beneficio de su hijo, mientras que dos padres sobrevivientes podrían recibir sólo hasta 75% cada uno.

3. Combinación del trabajo de tu cónyuge y el tuyo

Si recibes beneficios del Seguro Social en función del trabajo de tu cónyuge y has trabajado, puedes ser elegible para un beneficio de jubilación más alto en función de tu propio trabajo.

Si no has trabajado o no tienes suficientes créditos de Seguro Social para calificar para tus propios beneficios de Seguro Social, es posible que puedas recibir beneficios de cónyuge. Puedes calificar si tienes al menos 62 años de edad o cualquier edad mientras cuides del niño con derecho a recibir beneficios en el registro de tu cónyuge y que sea menor de 16 años o discapacitado.

El beneficio completo de tu cónyuge podría ser hasta la mitad de la cantidad que tu cónyuge tiene derecho a recibir a tu plena edad de jubilación. Si eliges comenzar a recibir los beneficios del cónyuge antes de cumplir la plena edad de jubilación, el monto de tu beneficio se reducirá de forma permanente.

Si necesitas más información o quieres reportar la muerte de un beneficiario, comunícate al 1-800-772-1213 o a la oficina local del Seguro Social.

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